Menores
Recursos para Educadores, Familias y Jóvenes
Derechos y protección
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Material didáctico para trabajar la ciberseguridad y el uso seguro y responsable con el alumnado, la ciberconvivencia, acciones formativas y pautas de ciberseguridad para el trabajo docente.
Mediación parental, preguntas que surgen en las familias, herramientas de control parental, pactos y vales de tiempo para el día a día, información sobre apps y redes sociales y acciones formativas.
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Niñas, niños y adolescentes pueden ayudar en la creación de una Internet más segura a través de la ciberseguridad y el uso responsable de la Red, con espacios de reflexión y panel de jóvenes.
Derechos de menores en el ámbito audiovisual

(Artículo 90 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual)

Los datos personales de menores recogidos o generados de otro modo por prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma no podrán ser tratados con fines comerciales, como mercadotecnia directa, elaboración de perfiles o publicidad personalizada basada en el comportamiento. 

(Artículo 95 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual)

Conoce tus derechos:

Los y las menores tienen derecho a que su imagen y su voz no se utilicen en los servicios de comunicación audiovisual sin su consentimiento.

Está prohibido emitir cualquier dato que permita identificarles (imagen, nombre, etc.) en el trato de información relativa a hechos delictivos, tutela y especialmente víctimas de violencia.

Los datos personales de menores recogidos por los prestadores de servicios audiovisuales no podrán ser utilizados con fines comerciales o publicidad individualizada.

Calificación de los programas audiovisuales

(Artículo 98 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual)

Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo, lineal o a petición, están obligados a que los programas emitidos dispongan de una calificación por edades, visible en pantalla mediante indicativo visual y fácilmente comprensible para todas las personas.

Clasificación por grupos de edad: (Ministerio de Cultura y Deporte)

  • Apta para todos los públicos.
  • No recomendada para menores de siete años.
  • No recomendada para menores de doce años.
  • No recomendada para menores de dieciséis años.
  • No recomendada para menores de dieciocho años.
  • Película X.

Los prestadores utilizarán un sistema de descriptores visuales de los programas audiovisuales. Los equipos receptores mostrarán la información de estos descriptores en las Guías Electrónicas de Programas (EPG).

 

Contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral

(Artículo 99 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual)

Está prohibida la emisión de contenidos audiovisuales que puedan perjudicar seriamente el desarrollo físico, mental o moral de menores, y en particular, programas que incluyan escenas de pornografía o violencia gratuita. Se informará a las personas usuarias de contenidos potencialmente perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de menores mediante advertencia acústica o visual.

Para la televisión lineal en abierto, los programas cuya calificación por edad «No recomendada para menores de 18 años» solo podrán emitirse entre las 22:00 y las 6:00 horas. Estos contenidos podrán emitirse fuera de este horario de protección general siempre precedidos por un aviso acústico y visual.

Los programas dedicados al esoterismo y las paraciencias, basados en la participación activa de oyentes, a juegos de azar y apuestas, salvo los sorteos de loterías autorizados, sólo pueden emitirse entre la 1:00 y las 5:00 de la mañana.

Protección frente a las comunicaciones comerciales

(Artículo 124 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual)

1. Las comunicaciones comerciales audiovisuales no deberán producir perjuicio físico, mental o moral a menores ni incurrir en las siguientes conductas:

a) Incitar directamente a menores a la compra o arrendamiento de productos o servicios aprovechando su inexperiencia o credulidad.

b) Animar directamente a menores a que persuadan a sus padres o terceros para que compren bienes o servicios publicitados.

c) Explotar la especial relación de confianza que menores depositan en sus padres, profesores, u otras personas, tales como profesionales de programas infantiles o personajes de ficción.

d) Mostrar, sin motivos justificados, a menores en situaciones peligrosas.

e) Incitar conductas que favorezcan la discriminación entre hombres y mujeres.

f) Incitar a la adopción de conductas violentas sobre menores, así como de menores hacia sí mismos o a los demás, o fomentar estereotipos por razón de sexo, raza u origen étnico, nacionalidad, religión o creencia, discapacidad, edad u orientación sexual.

g) Promover el culto al cuerpo y el rechazo a la autoimagen mediante comunicaciones comerciales audiovisuales de productos adelgazantes, intervenciones quirúrgicas o tratamientos de estética, que apelen al rechazo social por la condición física, o al éxito debido a factores de peso o estética.


2. Las comunicaciones comerciales audiovisuales sobre productos especialmente dirigidos a menores, como los juguetes, no inducirán a error sobre las características de los mismos, su seguridad, o la capacidad y aptitudes necesarias en el menor para utilizarlas sin producir daño para sí o a terceros, ni reproducirán estereotipos sexistas.


3. La autoridad audiovisual competente impulsará la adopción de códigos de conducta en relación con la comunicación comercial audiovisual inadecuada, que acompañe a los programas infantiles o se incluya en ellos, de alimentos y bebidas que contengan nutrientes y sustancias con un efecto nutricional o fisiológico, en particular aquellos tales como grasas, ácidos grasos trans, sal o sodio y azúcares, para los que no es recomendable una ingesta excesiva en la dieta total, con la finalidad de reducir eficazmente la exposición de los menores a la comunicación comercial audiovisual de estos productos.

Suplantación de identidad

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Redes sociales
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¿Quieres estar al día sobre las redes sociales favoritas de niños, niñas y adolescentes? Te contamos de forma sencilla en qué consisten, sus características, sus posibles riesgos y cómo prevenirlos.

Fake News
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Las noticias falsas o bulos en Internet son un concepto cada vez más habitual en todos los contextos, también aquellos que afectan a niños, niñas y adolescentes. Se refieren a cualquier tipo de información imprecisa, descontextualizada o directamente falsa, que alguien difunde de manera intencionada para manipular la opinión o simplemente para obtener algún tipo de beneficio.

Contenido inadecuado
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Nuestros hijos e hijas pueden acceder en Internet a contenidos perjudiciales para su desarrollo personal. Un ejemplo de estos contenidos son las imágenes o vídeos perturbadores, las modas que promueven valores negativos, riesgos para la salud o malos hábitos o las informaciones falsas o carentes de rigor que circulan por la Red.

Fraudes online
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Fraudes online dirigidos a niños, niñas y adolescentes. Niños, niñas y adolescentes también pueden ser víctimas de fraudes online, bien porque utilicen los mismos entornos digitales de los adultos o porque algunas estafas van dirigidas concretamente a menores de edad. Te proponemos una serie de buenas prácticas contra los fraudes online para ayudarles desde el hogar y desde el ámbito de la educación.

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