Oficina del Espectador/a
imagen oficina del espectador
¿Qué es la oficina del espectador/a?

Es un formulario web habilitado para recoger las quejas, sugerencias y/o consultas de la ciudadanía sobre los contenidos de la programación  y la publicidad emitidos en radios y televisiones de ámbito local y/o autonómico.

Además de los procedimientos propios de monitorización y análisis de la programación emitida en radios y televisiones de la región que la D.G. de Cohesión Territorial realiza periódicamente, se habilita esta oficina virtual para que la ciudadanía pueda comunicar sus inquietudes sobre esta materia.

 

Te escuchamos

La ciudadanía, como usuaria de los medios de comunicación, puede dirigirse a esta Dirección General para expresar sus consultas, quejas o sugerencias. Puedes ponerte en contacto de manera anónima a través de la Oficina del Espectador de Castilla - La Mancha completando el siguiente formulario:

Formulario de sugerencias y quejas

Sexo
Edad
Esto es la legend de nivel_de_estudios
Esto es la legend de provincia_y_municipio
Esto es la legend de otro_municipio
Medio emisor
Elige el medio emisor motivo de tu queja o sugerencia
Esto es la legend de medio_comunicacion
Medio de comunicación del que quieres hacer la consulta o queja. Puede ser una emisora de radio o un canal de televisión.
Esto es la legend de fecha_emision
Fecha de emisión del programa
Esto es la legend de hora
Hora aproximada del programa
Esto es la legend de anadir_adjunto
Puedes adjuntarnos un archivo con una captura de pantalla o cualquier otro documento explicativo.
Máximo 1 fichero.
límite de 200 MB.
Tipos permitidos: gif, jpg, jpeg, png, bmp, eps, tif, pict, psd, txt, rtf, html, odf, pdf, doc, docx, ppt, pptx, xls, xlsx, xml, avi, mov, mp3, mp4, ogg, wav, bz2, dmg, gz, jar, rar, sit, svg, tar, zip.
Esto es la legend de message
Preguntas anónimas recibidas en la Oficina del Espectador

Un vecino de Villamiel pregunta: ¿por qué se ha deteriorado la calidad de las emisiones en todas las cadenas?

[Recibida el 13/03/2023]

En primer lugar tiene que comprobar si solo le ocurre a usted o también al resto de vecinos:

  • Si solo le ocurre a usted, podría ser un problema en su instalación, para solucionarlo debe contactar con un instalador inscrito en el Registro de instaladores de telecomunicación de la SETID para que revise su instalación particular y la correcta orientación de sus antenas.
  • Si es un problema común con el resto de vecinos, debe ponerlo en conocimiento de su ayuntamiento.

Recientemente se ha activado un nodo 5G  en la banda de 700 MHz que antes utilizaba la televisión digital terrestre (TDT), por lo que podría ocurrir que la señal de TV se vea afectada por interferencias.

Llega700 es la entidad gestora que se encargará de solucionar las afectaciones que sucedan en la recepción de TDT motivada por las emisiones de la tecnología 4G y 5G. Existe una web https://www.llega700.es/ donde se detalla en que consiste esta nueva tecnología, el teléfono de contacto es: 900 833 999.

Un ciudadano de Toledo nos envía esta observación:

Se hace una pregunta sobre en qué deporte destacó un atleta toledano y la pregunta es “lanzamiento de jabalina o Atletismo”.

Se da por mala la respuesta de atletismo y es correcta pues la jabalina es una de las disciplinas del atletismo. Se debería anular la pregunta o darla por válida.

[Recibida el 26/04/2023]

Respuesta:

Este formulario está habilitado para recoger las quejas, sugerencias y/o consultas de la ciudadanía sobre los contenidos de la programación y la publicidad, emitidos en radios y televisiones de ámbito local y/o autonómico. Puede ser motivo de queja un contenido protegido para menores (pornografía, violencia, etc.) dentro de la franja horaria protegida, un programa que no muestra la calificación por edades, publicidad excesiva o cualquier otro hecho que incumpla la actual Ley de Comunicación Audiovisual.

Para hacer llegar su observación, diríjase directamente al Departamento de Programas del Canal de emisión que dispone de un buzón para recibir cualquier tipo de sugerencia relacionada con sus programas en la dirección: https://www.cmmedia.es/informacion-corporativa/contactanos  o a través del correo electrónico: dpto.contenidos@cmmedia.es

 

Posibles motivos de queja

Puede ser motivo de queja un contenido protegido para menores (pornografía, violencia, etc.) dentro de la franja horaria protegida, un programa que no muestra la calificación por edades, publicidad excesiva o cualquier otro hecho que incumpla la actual ley de comunicación audiovisual.

Algunos ejemplos:

  • Anuncio publicitario de una bebida alcohólica de graduación mayor de veinte grados fuera de la franja horaria correspondiente.
  • Contenido violento o discriminatorio durante la emisión de un programa infantil.
  • Un programa que no muestra la calificación por edades.
  • Emisión de un programa de juegos de azar fuera de su franja horaria.
  • Tiempo de publicidad mayor del especificado en la ley.
  • Publicidad no identificada correctamente como tal.

 

A quién dirigirse

Contenidos de ámbito autonómico.

El Gobierno regional asume las competencias sobre los contenidos emitidos por los medios de comunicación audiovisuales en el ámbito del territorio de Castilla – La Mancha. Este, a través de la D.G. de Infraestructuras de las Telecomunicaciones y Ciberseguridad, velará por el cumplimiento de la Ley de Comunicación Audiovisual dentro de los límites de la comunidad.

 

Contenidos de ámbito nacional

Las competencias en materia de comunicación audiovisual están compartidas entre el Estado y las comunidades.

Las comunicaciones audiovisuales, ya sean emitidas en un servicio de comunicación audiovisual lineal (abierto o codificado), de televisión tales como Televisión Española, Antena 3 o Telecinco, o radiofónicos como Cadena Ser, Cope o Cadena Dial, como en un servicio de comunicación audiovisual no lineal (abierto o codificado), como Netflix o HBO, serán competencia del Estado, a través de la CNMC.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es un organismo subordinado al Ministerio de Asunto Económicos y Transformación Digital, independiente del Gobierno y está sometido al control parlamentario.

La CNMC dispone de dos formularios de contacto:

 

Además, la persona usuaria puede dirigirse a otros organismos si desea denunciar contenidos inadecuados:

 

TV infancia: sobre contenidos e infancia. https://tvinfancia.es

La Comisión Mixta de Seguimiento vigilará el cumplimiento del Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia. En su web se facilita un formulario para que la ciudadanía comunique posibles infracciones de este código.

La Comisión Mixta está formada por operadores de televisión, entidades sociales y una secretaría técnica a cargo de la CNMC.

Únicamente se pueden reclamar contenidos emitidos por las televisiones adheridas al Código de Autorregulación:

  • ATRESMEDIA
  • MEDIASET ESPAÑA
  • CRTVE
  • NET TV 
  • VEO TV
  • FORTA
  • CASTILLA LA MANCHA MEDIA
     

Sobre el ámbito publicitario. Autocontrol. https://www.autocontrol.es/

La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) es la organización española de autorregulación, de la que forman parte los principales medios de comunicación, agencias y anunciantes del país. Está compuesta por anunciantes, agencias, medios de comunicación y asociaciones sectoriales. Dispone de un código de conducta que las personas asociadas se comprometen a cumplir.

El Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL forma parte del listado unificado de entidades acreditadas de la Comisión Europea y de la plataforma de resolución de litigios en línea establecida por la Unión Europea.

Como personas consumidoras, autocontrol permite la presentación de reclamaciones sobre publicidad o en el ámbito de la protección de datos.

 

RTVE. Defensor de la audiencia. https://www.rtve.es/rtve-responde/participacion/

Quejas, sugerencias y reclamaciones emitidos en los medios de comunicación dependientes del ente RTVE y Radio Nacional de España.

El Defensor del Espectador tiene como función velar por el derecho del público, oyentes y personas usuarias de medios de RTVE a recibir una información veraz y un entretenimiento digno. Su ámbito de actuación se limita, por tanto, al contenido emitido por RTVE.